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Protección a niñas, niños y adolescentes en redes sociales: ¿Qué exige el nuevo decreto en México?
El Gobierno de México emite un decreto obligatorio para que las plataformas digitales bloqueen contenidos de riesgo para menores; de no cumplir en 30 días, se impulsará una ley con sanciones
Publicado 10:20 a.m. OCT 14,2026
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La presidenta Claudia Sheinbaum firma el decreto para garantizar la seguridad de niñas, niños y adolescentes en plataformas digitales y redes sociales.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó este miércoles 14 de octubre un decreto oficial orientado a reforzar la protección y privacidad de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales.
La medida exige a las plataformas de internet identificar, restringir y retirar de forma expedita contenidos que promuevan violencia, abuso y explotación sexual, ciberacoso, suicidio, autolesiones y otros riesgos para la población menor de edad.
Durante la presentación del documento, Luisa María Alcalde Luján, consejera jurídica de la Presidencia de la República, precisó que las empresas tecnológicas contarán con un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor, para documentar y transparentar las acciones implementadas para acatar las nuevas obligaciones.
El seguimiento estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Al respecto, la mandataria advirtió sobre la posibilidad de elevar la rigurosidad del marco normativo: «Si vemos que no se está cumpliendo, entonces pasaríamos a una ley que también implicaría sanciones a las plataformas».
Fundamento legal y contenidos prohibidos
El decreto toma como base el artículo 101 Bis 3 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual obliga al Estado mexicano a garantizar el acceso a un internet seguro, así como a prevenir violencia, acoso e intromisiones a la intimidad o dignidad de las infancias.
Las principales restricciones prohíben que los algoritmos de las plataformas permitan el acceso, la recomendación o la difusión masiva de contenidos vinculados a:
- Discursos de odio y extremismo violento.
- Abuso, explotación sexual y material explícito.
- Suicidio, autolesiones deliberadas y trastornos alimenticios.
- Violencia escolar, acoso, ciberacoso y conductas ilícitas.
Controles parentales, verificación y mecanismos de reporte
Para cumplir con la disposición, las empresas tecnológicas deberán aplicar las siguientes medidas técnicas de manera obligatoria:
- Clasificación y verificación: Clasificar contenidos por edades e implementar métodos eficientes de verificación de edad.
- Privacidad predeterminada: Mantener activadas por defecto las configuraciones más estricta de privacidad y seguridad para cuentas de menores.
- Supervisión familiar: Ofrecer herramientas funcionales de control parental para madres, padres y tutores.
- Mecanismos de denuncia: Habilitar canales ágiles e intuitivos para que cualquier usuario reporte publicaciones de riesgo.
Cooperación con las autoridades y alcance normativo
El decreto mandata la creación de un punto de contacto directo para cooperar con las autoridades investigadoras y de seguridad, asegurando la preservación y entrega de evidencia, además de emitir alertas inmediatas ante situaciones que representen una amenaza inminente contra la vida.
Representantes de empresas como Meta, Microsoft, Apple, TikTok, Google y X formaron parte de las mesas de trabajo previas para analizar la viabilidad técnica del decreto.
Aunque la disposición es de carácter obligatorio, no contempla un catálogo punitivo o sanciones financieras inmediatas. Por ello, el Ejecutivo federal contempla la apertura de espacios de diálogo legislativo para discutir regulaciones complementarias en el futuro.
Finalmente, el plan de acción contempla un trabajo coordinado con la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud para difundir campañas de concienciación sobre salud mental, uso responsable de redes sociales y canalización de apoyo psicológico mediante la Línea de la Vida.



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