seccion
IMSS obligado a garantizar aborto voluntario tras fallos en Chihuahua y Oaxaca
IMSS deberá garantizar aborto voluntario tras fallos en Chihuahua y Oaxaca que invalidan normas penales federales.
Publicado 1:07 p.m. MAR 17,2026 | Ultima Actualización 1:07 p.m. MAR 17,2026
/https://wp.agora.prod.andes.news/wp-content/uploads/2026/03/Aborto-IMSS-Oaxaca-Chihuahua.jpg)
Fallos judiciales obligan al IMSS a garantizar aborto voluntario en servicios de salud reproductiva
Una cadena de resoluciones judiciales acaba de mover una pieza clave en el acceso a la salud reproductiva en México. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ya no podrá limitar la interrupción del embarazo en sus servicios: deberá garantizarla.
La decisión no surge de una reforma legislativa, sino de una ruta legal impulsada por colectivas que logró que tribunales federales colocaran el derecho a la salud por encima del castigo penal.
Qué resolvieron los tribunales
El Primer Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito resolvieron amparos en revisión (2615/2023, 2489/2023 en Chihuahua y 13/2025 en Oaxaca) en los que determinaron la inconstitucionalidad de normas del Código Penal Federal que criminalizan la interrupción del embarazo.
Las sentencias concluyen que estas disposiciones contradicen el derecho a la protección de la salud establecido en el artículo 4° de la Constitución.
Qué cambia para el IMSS
A partir de estos fallos, el IMSS queda obligado a:
Garantizar el servicio
Ofrecer aborto voluntario como parte de sus servicios médicos para personas derechohabientes.
Ajustar su operación
Adecuar presupuesto, infraestructura y personal para cumplir con la prestación del servicio.
Aplicar lineamientos nacionales
Brindar atención conforme al Lineamiento Técnico para la Atención del Aborto Seguro en México, que establece criterios de seguridad, calidad y gratuidad.
El papel de la estrategia legal
Las resoluciones son resultado de litigios impulsados por AbortistasMx y colectivas nacionales, que promovieron amparos para cuestionar la criminalización del aborto en el ámbito federal.
Este tipo de litigio ha sido clave para modificar el acceso a servicios sin pasar por el Congreso, mediante el control constitucional de normas penales.
Qué implica para las derechohabientes
Las personas afiliadas al IMSS podrán solicitar la interrupción del embarazo en condiciones seguras dentro del sistema de salud, sin que la negativa institucional se base en disposiciones penales declaradas inconstitucionales.
Esto coloca al instituto en la obligación de responder con servicios efectivos, no solo con criterios administrativos.


/https://wp.agora.prod.andes.news/wp-content/uploads/2026/03/Detienen-a-cuatro-hombres-tras-persecucion-en-Pachuca.webp)
/https://wp.agora.prod.andes.news/wp-content/uploads/2026/03/profeco-demanda-colectiva-walmart-online.jpg)
/https://wp.agora.prod.andes.news/wp-content/uploads/2026/03/justicia-feminicidio-tepeapulco-hidalgo.webp)
/https://wp.agora.prod.andes.news/wp-content/uploads/2026/03/bloqueo-carretera-Tianguistengo-la-cumbre-zacatempa-hidalgo.webp)