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Secretaría Anticorrupción multa a la Federación Mexicana de Futbol por uso de datos biométricos

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una multa histórica a la FMF por omitir el carácter sensible de los datos biométricos en el sistema FAN ID y no recabar el consentimiento legal de los aficionados

Staff Reporte Ágora

Staff Reporte Ágora

Equipo editorial de Reporte Ágora, cobertura local en Hidalgo con enfoque en servicio público y datos verificados.

El sistema FAN ID de la Federación Mexicana de Futbol fue sancionado por no cumplir con los requisitos legales para la protección de datos biométricos de los aficionados. Foto: Google Maps

El sistema FAN ID de la Federación Mexicana de Futbol fue sancionado por no cumplir con los requisitos legales para la protección de datos biométricos de los aficionados. Foto: Google Maps

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso una multa de 42 millones 849 mil 95 pesos a la Federación Mexicana de Futbol Asociación, A.C. (FMF).

La sanción económica se deriva del incumplimiento a la legislación en materia de protección de datos personales en el tratamiento de la información recopilada a través del sistema FAN ID.

A través de un comunicado oficial emitido este domingo 12 de julio, la dependencia federal informó que la resolución determinó que la FMF, en su carácter de responsable del tratamiento de datos personales, cometió dos infracciones graves en el manejo de la plataforma implementada en los estadios de la Liga MX.

Las infracciones de la FMF con el FAN ID

De acuerdo con la autoridad, la primera violación consistió en que la federación «no informó adecuadamente a los aficionados que sus datos biométricos tenían el carácter de datos personales sensibles».

El documento detalla que la FMF recababa fotografías de los aficionados para generar el «FAN ID», pero omitió señalar en su aviso de privacidad que dichos datos eran sensibles. Esta falta impidió que los usuarios conocieran el alcance real del tratamiento de su información y decidieran de manera informada.

La segunda infracción detectada fue que «no obtuvo el consentimiento expreso y por escrito de los titulares para tratar sus datos sensibles». La legislación vigente exige que, para el manejo de datos sensibles, el consentimiento del titular sea inequívoco, dejando constancia indudable de su otorgamiento.

«La FMF se limitó a utilizar el marcado de una casilla en un sitio web, sin recabar firma autógrafa ni firma electrónica o cualquier otro mecanismo de autenticación que acreditara, de manera indudable, que era el titular quien otorgaba su consentimiento», señaló la Secretaría.

Incumplimiento de principios legales y capacidad económica

La autoridad determinó que la FMF incumplió con los principios de responsabilidad y licitud al no adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido tratamiento de los datos.

El monto final de la sanción se fijó considerando la gravedad de las infracciones, la naturaleza sensible de los datos biométricos y la capacidad económica de la FMF, evaluada de acuerdo a su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal de 2024.

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno aclaró que la notificación de esta resolución obedece estrictamente a los plazos previstos en la ley y al desarrollo del procedimiento administrativo correspondiente.

Próximos pasos legales

Como ocurre con cualquier resolución administrativa, la Federación Mexicana de Futbol cuenta con los medios de defensa previstos en el sistema jurídico mexicano para impugnar la determinación si lo considera procedente. Ante este escenario, la Secretaría adelantó que «defenderá con firmeza la legalidad de su resolución, por haber sido emitida con estricto apego a derecho y en protección del interés público y de los derechos fundamentales de las personas».