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¿La CURP Biométrica es Obligatoria? Esto dice la Ley General de Población
La CURP biométrica ya es ley en México. Descubre si el trámite es obligatorio, qué datos incluye (huellas, foto) y su función en la búsqueda de personas.
Publicado 7:41 p.m. ENE 27,2026 | Ultima Actualización 7:41 p.m. ENE 27,2026
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El trámite de la CURP biométrica es presencial e incluye la toma de datos biométricos como huellas y fotografía del iris.
La reciente aprobación de la CURP biométrica y su publicación en el Diario Oficial de la Federación han generado incertidumbre entre la ciudadanía. Con la reforma a la Ley General de Población ya vigente este 27 de enero de 2026, surge la duda principal: ¿Es obligatorio entregar mis datos biométricos al gobierno?
Aunque el documento es oficial y legal, su tramitación tiene matices importantes que protegen la decisión del ciudadano. Aquí te explicamos los detalles.
¿Es forzoso tramitar la CURP con biométricos?
La respuesta corta es no. Aunque la CURP es un documento esencial para la vida administrativa en México, la nueva modalidad que incluye datos biológicos no puede ser impuesta.
La ley establece claramente una condición de consentimiento expreso. Esto significa que:
- Es voluntaria: Ninguna autoridad puede obligarte a proporcionar tus huellas dactilares o fotografía para este formato específico.
- Requiere autorización: Para que tus datos sean incorporados, tú debes autorizarlo explícitamente.
Ojo: Lo que sí es obligatorio es que, si tú decides tramitarla y presentarla, las dependencias públicas y organismos privados deben aceptarla como identificación oficial válida.
¿Qué es exactamente la CURP Biométrica?
Es una evolución de la Clave Única de Registro de Población tradicional. Mantiene los 18 caracteres alfanuméricos que ya conoces, pero se fortalece convirtiéndose en un mecanismo de identificación más seguro. Existirá en versión física y digital.
Datos que incluye:
- Nombre, fecha y lugar de nacimiento.
- Sexo o género y nacionalidad.
- Fotografía del rostro.
- Huellas dactilares.
Más allá de un trámite: Búsqueda de personas
La reforma al Artículo 91 Bis de la Ley General de Población no solo busca modernizar la identificación, sino que tiene un fin social y de seguridad crítico.
La base de datos de la CURP biométrica será interoperable. Esto permitirá que autoridades como la Fiscalía General de la República (FGR) y fiscalías estatales consulten la información para:
- Localización: Monitoreo en tiempo real para ayudar a encontrar a personas desaparecidas.
- Identificación: Facilitar la labor de las autoridades de seguridad y procuración de justicia.
- Salud: Integración con el Registro del Sistema Nacional de Salud.
En resumen, aunque la herramienta es poderosa para la seguridad nacional, la decisión de adoptar este nuevo formato recae, por ley, en la voluntad de cada ciudadano.


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